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Legislación: LSSICE y LOPD

La legislación principal que hay que tener en cuenta a la hora de abrir una tienda en Internet se recoge en la LSSICE (Ley Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico) y en la LOPD (Ley Orgánica de Protección de Datos).



LSSICE


La Ley 34/2002, de 11 de julio de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico  regula las comunicaciones comerciales por vía electrónica, la información que hay que facilitar al usuario antes, durante y después de la contratación así como las infracciones y su sanción.

Estos aspectos están orientados a: compras, contratación de servicios, subastas de artículos, gestión de compras en grupo, envío de información comercial y vídeo bajo demanda, siempre y cuando se realicen utilizando la vía telemática.

Esta ley tiene 45 artículos agrupado en 7 títulos, varias disposiciones y un anexo. El contenido de cada título es básicamente el siguiente:
  • Título I. Disposiciones generales, en las cuales se especifica el objeto de la Ley así como su ámbito de aplicación.
  • Título II. Prestación de servicios de la Sociedad de la Información. Se detallan aspectos como el principio de libre prestación de servicios así como las responsabilidades de estos prestadores, obligaciones, el régimen de responsabilidad y los códigos de conducta.
  • Título III. Comunicaciones comerciales por vía electrónica. Regula el uso de las TIC en las comunicaciones comerciales, posibilidades y limitaciones.
  • Título IV. Contratación por vía electrónica. Regula los aspectos de las contrataciones a través de las TIC.
  • Título V. Solución judicial y extrajudicial de conflictos. Regula los mecanismos a imponer en caso de que surjan conflictos, ya sea por vía judicial o a través de otros medios.
  • Título VI. Información y control. Explica qué fuentes se pueden usar para solicitar información sobre deberes y derechos, así como el mecanismo para la comunicación de resoluciones relevantes. Indica también quién y cómo realizará el control para que se cumpla la legislación y establece un deber de colaboración con estos organismos de control.
  • Título VII. Infracciones y sanciones. En este apartado se tipifican las actitudes que se consideran infracciones así como la cuantía de las sanciones correspondientes.


Para más información visita la web oficial en:  http://www.mityc.es/dgdsi/lssi/Paginas/Index.aspx donde hay un tríptico con información general, si tienes alguna duda puedes llamar al 902 446 006 o escribir a info@mityc.es


LOPD



La Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal y el REAL DECRETO 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal  regulan el tratamiento de los datos de carácter personal y ficheros que los contienen, independientemente del soporte en el cual sean tratados, los derechos de los ciudadanos sobre ellos y las obligaciones de aquellos que los crean o tratan.

Cuando se soliciten datos personales a una persona o empresa ésta deberá ser previamente informada de modo expreso de:
  • la existencia de un fichero o tratamiento de datos de carácter personal, de la finalidad de la recogida de éstos y de los destinatarios de la información
  • el carácter obligatorio u opcional de la respuesta a las preguntas planteadas
  • las consecuencias de la obtención de los datos o de la negativa a suministrarlos
  • la posibilidad de ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición (ARCO)
  • la identidad y dirección del responsable del tratamiento (o su representante)
Se permite el tratamiento de datos de carácter personal que no hayan sido recabados directamente, aunque no se exime de la obligación de informar por parte del responsable del fichero (o su representante), dentro de los tres meses siguientes al inicio del tratamiento de los datos (excepto si los datos han sido recogidos de fuentes accesibles al público), y si se destinan a la actividad de publicidad o prospección comercial. En este caso, en cada comunicación que se dirija al interesado se le informará del origen de los datos y de la identidad del responsable del tratamiento así como de los derechos que le asisten.

A continuación teneis un modelo de cláusula  LOPD:

«En cumplimiento de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD), [ ESCRIBIR NOMBRE ], como responsable del fichero informa de las siguientes consideraciones:
Los datos de carácter personal que le solicitamos, quedarán incorporados a un fichero cuya finalidad es [ ESCRIBIR FINALIDAD]. Los campos marcados con asterisco son de cumplimentación obligatoria, no siendo posible realizar la finalidad expresada si no aporta esos datos.

Queda también informado de la posibilidad de ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, de sus datos personales en [ ESCRIBIR DATOS DE CONTACTO ]).»




Por último, sería aconsejable que utilizaras EVALUA , una herramienta online de la AGPD (Agencia Española de Protección de Datos) para evaluar el cumplimiento de la LOPD (Ley Orgánica de Protección de Datos) y facilitar la verificación de las medidas de seguridad previstas por el Reglamento de Desarrollo de la LOPD.

El tiempo estimado  para realizar el test es 30-45 minutos.

Puedes más información sobre la LOPD: http://www.agpd.es 



NUEVA DIRECTIVA EUROPEA SOBRE COMERCIO ELECTRÓNICO

Este mes de julio entran en vigor las nuevas medidas establecidadas por la Directiva sobre los Derechos de los Consumidores y que afectan al comercio electrónico.

El plazo de devolución se amplía de 7 a 14 días y el cliente asumirá los costes de devolución, siempre y cuando el comercio online informe claramente al consumidor sobre las condiciones de devolución de los productos.


Los productos digitales que se adquieran mediante descarga se excluyen de la nueva política de devolución por considerarse la venta cerrada en el momento en que comienza la descarga del producto o archivo. También quedan excluidos aquellos bienes hechos a medida como ropa o mobiliario.


También se ha aprobado que la comisión que se cobre por el uso de un determinado medio de pago al realizar la compra nunca podrá ser superior al coste que tiene para el vendedor el uso de dicho medio de pago.


El tiempo máximo de entrega será de treinta días desde la operación de venta, pasado este tiempo el comprador podrá renunciar al contrato y exigir la devolución integra del importe.


Una vez que se publique la directiva en el Boletín Oficial de la UE, los estados miembros tienen un plazo de dos años (hasta julio del 2014, vamos) para incorporar la directiva a sus respectivas legislaciones nacionales.



OTRAS LEYES

Otras leyes que también deberían tenerse en cuenta a la hora de publicar una tienda en Internet son:




  • Ley 7/1998, de 13 de abril, de Condiciones generales de contratación.







  • Ley 7/1996, de 15 de enero, de Ordenación del Comercio Minorista.







  • Ley 25/2007, de 18 de octubre, de conservación de datos relativos a las comunicaciones electrónicas y a las redes públicas de comunicaciones.






  • Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica.






  • Ley 47/2002, de 19 de diciembre, de reforma de la Ley 7/1996, de 15 de enero de Ordenación del Comercio Minorista, para la transposición al ordenamiento jurídico español de la Directiva 97/7/CE, en materia de contratos a distancia, y para la adaptación de la Ley diversas Directivas comunitarias.












  • Buenas prácticas

    A continuación os pongo una relación de buenas prácticas que llevan a cabo algunas de las tiendas online con más éxito:

    - Fotos de calidad

    La imagen del artículos es fundamental, entre otras cosas, porque tiene que compensar la ausencia de sentidos como el tacto o el olor en el proceso de compra online. Invertir en realizar buenas fotografías y composiciones siempre será aconsejable (que el tamaño y peso de las mismas sea el óptimo para no ralentizar la carga de la página debe ser también tenido en cuenta).

    - Precio final claramente indicado

    Aparte de que es una obligación legal, no debes poner en tamaño diminuto al final de la página en color gris claro que "Los precios no incluyen IVA". No nos interesa que los usuarios abandonen el carrito a mitad del proceso de pedido cuando ven que entonces se le suma el 18% de IVA... (muchos responsables de tiendas online ni siquiera son conscientes de estos abandonos porque no consultan ni analizan las estadísticas internas de la tienda).

    - Amplia información sobre los artículos

    Los usuarios o clientes quieren saber, y algunos lo quieren saber todo. El proporcionar más información y datos sobre un producto puede marcar la diferencia respecto a tu competencia y que el usuario decida comprar en tu web. Además, si no te limitas a copiar-pegar las características del fabricante sino que analizas objetivamente el producto y aconsejas sobre su compra, el valor añadido de tu tienda online es muy grande (y si incluyes también comentarios de compradores entonces es muy, muy, muy grande).

    ¿Cómo hago para que comenten?

    ¡Ofréceles algo! (descuento, puntos, participación en un sorteo...)

    Sí, todo esto lleva una inversión de tiempo y recursos, pero ya dijimos al principio que abrir una tienda en internet no es cuestión de unas pocas horas.

    - Gastos de envío claramente detallados

    Es una tendencia que las tiendas vayan reduciendo los gastos de envío -en parte debido a la competencia entre las distintas agencias- llegando incluso a ofrecer los productos con los gastos de envío incluidos -un estudio del primer trimestre de 2011 en USA muestra que casi la mitad de los comerciantes estadounidenses han dejado de cobrar los gastos de envío aparte en las transacciones online (también puedes ver como muchas páginas chinas de venta de electrónica no cobran gastos de envío).

    Si los cobras o no, debe quedarle muy claro al usuario desde el principio, no puede ser que después de hacerle pasar por el registro y en el último paso del pedido se le informe entonces que los gastos de envío son 7,50 € (y más cuando a lo mejor está comprando un artículo que vale lo mismo o menos...).

    Por cierto que los gastos de envío sean GRATIS no quiere decir que no vayan repercutidos en el precio final del artículo, también puedes configurar la tienda de forma que sólo sean gratis a partir de cierta cantidad o importe.

    Otra opción es dar la opción de "recoger en tienda" e incrementar las posibilidades de que compre algo más cuando vaya a recogerlo (¿por qué crees que los supermercados ponen el pan al final de la tienda?), así también puedes conocer mejor a tu cliente, podrías intentar completar la información de su ficha que dejó vacía...

    - Buen Servicio de Atención al Cliente

    Con bueno queremos decir rápido, de respuesta casi en tiempo real, de trato exquisito, que resuelva incidencias. El usuario que tiene una duda sobre la talla o las condiciones de entrega quiere resolverla "ahora mismo" que es cuando está delante de la pantalla y a un paso de darle a "Pagar" (recordemos que hasta que no lo haga, no hemos vendido NADA), si le respondemos al día siguiente habremos perdido seguramente esa venta.

    Si no podemos tener a alguien permanentemente conectado para resolver dudas y otro tipo de cuestiones, habilita un teléfono (usar FonYou para esta tarea es una excelente opción), o un formulario para que deje un e-mail o un teléfono donde localizarle.

    Podemos usar también mecanismos para recuperar esos "carritos perdidos en el limbo", imagina que abandonas la cesta en el pasillo del supermercado porque tienes que irte corriendo por una emergencia y no puedes quedarte a pagar, imagina ahora que al rato te llaman del supermercado para decirte que sienten mucho que no hayas podido realizar la compra, pero que se ofrecen a llevártela a casa sin ningún coste extra y además te obsequian con algo por haber entrado a la tienda... ¿no estarías encantado con su servicio? ¿no estarías más fidelizado que con cualquier otro? ¿no recomendaría a tus amigos y contactos comprar allí o les contarías tu experiencia? En una tienda online podemos llevar a cabo esta estrategia fácilmente.

    Las encuestas a clientes una vez recibido el pedido son una buena fuente de información ya que podemos conocer qué es lo que les hizo decidirse a comprar en nuestra tienda, si tuvo alguna dificultad, si cree que son excesivos los gastos de envío, si le gustaría poder ir a recoger el pedido a la tienda, etc, etc, etc.


    Realizar este tipo de encuestas es muy sencillo, ya que el mismo Paypal incorpora esta opción en la configuración de las opciones de personalización de la página de pago (Configuración de mi cuenta Business>Personalizar la experiencia de pago de mi cliente>Opciones):

    Detalle de la pantalla en Paypal



    Recuerda que cuesta hasta 5 veces más captar a un nuevo cliente que fidelizar a uno existente.

    Redes Sociales , social commerce y f-commerce

    No hay duda de Internet ha evolucionado y casi todos los servicios ahora tienen una capa social, es decir, los contenidos se ven filtrados y distribuidos por las acciones de los usuarios (votar, valorar, comentar, compartir...).

    Dentro de esas acciones, los comentarios positivos o negativos sobre nuestra marca y productos tienen una gran importancia -aunque muchas empresas no se la den- ya que no sólo contribuyen a formar la identidad digital de la empresa, sino que además son tenidos en cuenta de cara al posicionamiento en buscadores (Google sacará en peor posición aquellos resultados de búsqueda que contengan comentarios negativos en foros, etc.).

    Según una encuesta realizada por Ciao en 2010,  el  64% de los consumidores confían en las valoraciones, opiniones y recomendaciones que otros usuarios realizan a través de foros, blogs u otras publicaciones en la red (un porcentaje mayor que el 44,1% que admitía estar dispuesto a cambiar su marca habitual por un comentario negativo leído en un blog o el 39,2% que admitía haber comprado algún producto o servicio por haber leído un buen comentario en un blog en el
    Estudio sobre los usos, percepciones y tendencias de la blogósfera en España publicado por Zed digital del 2007).


    El estudio concluía también que el 71% de los internautas españoles indican que las opiniones y recomendaciones online influyen más que la publicidad clásica o los vendedores.


    En otro estudio, -el Buzziness de Guidance- se estima que las pérdidas de clientes pueden ascender hasta un 27% por los malos comentarios en la Red sobre una marca, y aunque hay algunas empresas dedicadas a "limpiar" la reputación -básicamente a través de la publicación de comentarios positivos que compensen los negativos- la mejor manera de limpiar la reputación consiste en corregir los fallos y dar el mejor servicio posible, o lo que es lo mismo, aceptar las críticas de forma constructiva e interpretarlas como una oportunidad de mejora y no como una amenaza...



    Por otra parte, el "social commerce" es una de las actuales tendencias de consumo identificada. En este comercio social las marcas y tiendas incluyen las redes sociales en los procesos de venta, estas acciones pueden ir desde la simple inclusión de los botones "Me gusta" o "Tweet" en la ficha del producto a la gestión de programas de afiliación donde los fans o followers pudieran por ejemplo obtener descuentos en sus compras en base a esa prescripción que hacen usando las redes sociales y sus contactos.


    ¿Se le puede poner valor a un “like o a un “tweet”? 

    Por lo menos se intenta... según un artículo en un estudio realizado un like de Facebook obtuvo un valor de US$ 1,34 mientras que el de un tweet fue de US$ 0,80, para calcularlo se tuvo en cuenta el número de amigos o fans en Facebook y el de followers o seguidores en Twitter, ya que su influencia depende en parte de ese indicador.



    Unos de las últimas experiencias que me ha llamado la atención en este sentido, es el "Social Fnac", en el que basándose en la estrategia de compras en grupo, se ponen a la venta distintos artículos que bajarán de precio dependiendo de la actividad en las redes sociales de los potenciales compradores interesados, a través de los "Me gusta" y "tuiteos".





    ¿Existe el f-commerce?


    Otra tendencia de uso de redes sociales en e-commerce es la implantación de aplicaciones de tiendas de Facebook. Dentro de lo que algunos ya están denominando el F-commerce tenemos algunas aplicaciones que nos permiten vender dentro de Facebook, conectando incluso con la tienda externa que tengamos.

    Algunas de estas soluciones de F-commerce son:

    Payvment (gratuita y sólo acepta pagos con Paypal)
    Qstorm
    Beetailer (gratuito hasta 10 preguntas y permite integración con Magento)
    Carttini (gratuita y permite vender artículos de otros ya existentes en la plataforma)
    VendingBox (gratuita, para varios idiomas y permite integración con OsCommerce, Magento o ZenCart, cobra por comisión por transacción)
    InfusedCommerce (de pago más una comisión por venta y permite integración con tu TPV virtual actual)


    Sobre el uso de aplicaciones de F-commerce aconsejaría experimentar con alguna de estas opciones para un número reducido de artículos o promociones puntuales, pero no montar toda nuestra tienda bajo esta opción ya que las posibilidades de parametrización así como de gestión interna e integración con otras herramientas es muy limitada.





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